El Comité de Derechos y Libertades de la Unión Europea ha hecho un llamamiento a la Comisión Europea para que suspenda el Escudo de Privacidad EE.UU-UE ya que no proporciona suficiente protección a los datos de los ciudadanos de la UE. Por lo tanto, el acuerdo para el intercambio de datos debería ser suspendido a menos que los Estados Unidos cumpla con ello para el 1 de septiembre de 2018, según los parlamentarios europeos, que añadieron que el acuerdo tendría que permanecer suspendido hasta que las autoridades estadounidenses cumplan con sus términos en su totalidad. Esta llamada de atención, pidiendo al Gobierno norteamericano que aumente los estándares de privacidad, recuerda que para Europa estamos hablando de derechos fundamentales. Cuestión diferente para Estados Unidos, donde hasta el momento se ha dado siempre primacía al negocio por encima de cualquier otro tema. Curiosamente con la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las empresas, estén donde estén, siempre que traten datos de ciudadanos europeos tendrán que adaptarse a esta normativa. Alejandro Padín, responsable del área de Privacidad y Protección de Datos de Garrigues en la oficina de Madrid, explica la polémica surgida “ el Comité de Libertades Civiles del Parlamento Europeo ha formulado una propuesta de resolución para su aprobación en pleno, en la que pide a la Comisión Europea la suspensión del acuerdo sobre el Escudo de Privacidad o “Privacy Shield” entre la Unión Europea y los EEUU, en vigor desde julio de 2016. en virtud del cual se facilita la transferencia internacional de datos entre ambas zonas. Este abogado recuerda que “De llevarse a efecto la recomendación, Europa volvería a vivir la situación sufrida hace algo más de dos años, cuando se anuló el ‘Safe Harbor’ por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea” (TJUE).
Alejandro Padín fue uno de los expertos que intervinieron ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ante la aplicación del nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que entró en vigor el pasado 25 de mayo. Garrigues.
Padín revela que “el Parlamento hace referencia en su borrador de resolución al caso de Facebook y Cambridge Analytica, ambas entidades adscritas al marco del ‘Privacy Shield’, poniéndolo como ejemplo de la falta de funcionamiento del esquema”. Para el abogado, “la resolución no resulta sorprendente, puesto que ya en la sentencia del TJUE sobre el ‘Safe Harbor ‘se establecían los criterios para considerar que un país no cumple los requisitos para que las transferencias realizadas al mismo sean válidas, y tales requisitos venían siendo dudosos en el caso de EE.UU.”. Y recuerda que “ya en la primera orden ejecutiva del presidente Trump, en enero de 2017 se establecía que las agencias estadounidenses deberían asegurar que sus políticas de privacidad excluyeran de la protección de la legislación en esa materia a los ciudadanos extranjeros”.