Declaración informativa anual sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720)
Declaración informativa anual sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720)
26 de marzo de 2025

Declaración informativa anual sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720). Si eres residente en España y posees bienes o derechos en el extranjero, es obligatorio informar a la Agencia Tributaria mediante el modelo 720 antes del 31 de marzo de 2025. Esta declaración tiene como objetivo combatir el fraude fiscal y garantizar que las autoridades fiscales españolas estén al tanto de los activos ubicados fuera del país.

1.¿Qué es el modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero, obligatoria para residentes fiscales en España que posean activos fuera del país que superen ciertos límites. Este formulario fue creado con el objetivo de combatir el fraude fiscal y aumentar la transparencia en la tributación de los patrimonios extranjeros.

2. ¿Quiénes deben presentar el modelo 720?

Están obligadas a presentar esta declaración las personas físicas y jurídicas residentes en España que, al 31 de diciembre de 2024 o en cualquier momento del mismo año, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Bloque 1: Cuentas en el extranjero
  • Bloque 2: Valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero
  • Bloque 3: Bienes inmuebles y derechos sobre estos situados en el extranjero.

3. Límites que obligan a declarar:

La obligación de presentar el modelo 720 surge cuando se superan los siguientes límites:

  • Bloque 1: Si el saldo a 31 de diciembre de 2024 o el saldo medio del último trimestre supera los 50.000 euros.
  • Bloque 2: Si el valor a 31 de diciembre de 2024 excede los 50.000 euros.
  • Bloque 3: Si el valor supera los 50.000 euros.

4. Plazo de presentación:

La declaración correspondiente al ejercicio 2024 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025. En caso de problemas técnicos que impidan la presentación en el plazo establecido, la Agencia Tributaria permite realizarla en los cuatro días naturales siguientes a la finalización del plazo.

5. ¿Es necesario presentar la declaración en años posteriores?

Si ya has presentado el modelo 720 en años anteriores, deberás volver a hacerlo en 2024 si:

  • Los saldos o valores de los bienes y derechos previamente declarados han aumentado en más de 20.000 euros.
  • Durante 2024, has dejado de ser titular, autorizado, representante o beneficiario de las cuentas, valores o inmuebles declarados anteriormente.

Si necesitas ayuda o más información a cerca de este tema, estaremos encantados de poder ayudarte y aclararte cualquier duda que pueda tener al respecto en nuestro correo 𝗶𝗻𝗳𝗼@𝗴𝗶𝗺𝗲𝗻𝗼.𝗽𝗿𝗼 , contactando con nosotros en nuestra web www.gimeno.pro o llamando al 𝟵𝟭𝟱 𝟳𝟰 𝟮𝟴 𝟬𝟯.

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