Subvenciones para proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establec…
13 de diciembre de 2024

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, convoca en la Orden 1605/2022, de 4 de octubre modificada por la Orden 1988/2022, subvenciones de concurrencia no competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos de alojamiento turístico de la Comunidad de Madrid.

 

Contribuir a la financiación de proyectos para la mejora de la eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas ubicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el plan de modernización y competitividad del sector turístico, componente 14, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 
  1. El edificio sobre el que se solicite la subvención deberá haberse construido antes del 1 de enero de 2007.

  2. Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda. Se pueden contemplar costes en los que haya incurrido que sean preparatorios (proyecto, memorias técnicas, certificados, etc), siempre que se hubieran iniciado con fecha posterior al 1 de enero de 2021.

  3. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia no competitiva.

 
  1. Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada deberán ser propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.

  2. Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico deberán acreditar dicha condición mediante contrato vigente que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de esta Orden.

 

Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las tipologías y subtipologías establecidas en las Bases Reguladoras, Anexo Actuaciones Subvencionables y costes elegibles, y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas:

  1. Tipología 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

  2. Tipología 2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.

  3. Subtipología 2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.

  4. Subtipología 2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.

  5. Subtipología 2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

  6. Subtipología 2.4. Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las subtipologías 2.1 a 2.3.

  7. Subtipología 2.5. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.

  8. Tipología 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

 
  1. La subvención es a fondo perdido.

  2. La intensidad de la ayuda, según la Opción A (todo el edificio), y la Opción B (parte del edificio), será la suma de la Ayuda Base y de la Ayuda Adicional que pudiera corresponder, en cada caso, en función del cumplimiento de los criterios conforme a los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 14 y en el Anexo Actuaciones Subvencionables y costes elegibles de las Bases Reguladoras, y estará sometido a los límites que se establezcan en la normativa de ayudas de Estado.

  1. Se podrá solicitar un anticipo de hasta el 30% de la ayuda concedida sin necesidad de constituir garantía.

 

El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, finalizando el 31 de marzo de 2023, salvo que, con anterioridad, se hubiera agotado el presupuesto disponible.

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